Corpus
Modo: Corpus Pro

QUEJA EN AMPARO DIRECTO, COMPETENCIA EN CASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 272399 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 255

Compete a la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el conocimiento de las quejas que se interpongan contra las resoluciones pronunciadas por los tribunales de segundo grado, en auxilio de la Justicia Federal, para resolver los incidentes relativos a reclamaciones por daños y perjuicios causados con motivo de la suspensión de los actos reclamados, en los juicios de amparo directo resueltos en única instancia por la Suprema Corte de Justicia, cuando aquéllos incidentes de daños y perjuicios se tramitan y resuelven conforme a las disposiciones de los artículos 129 en relación con el 176 de la ley reglamentaria del juicio de garantías.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272399-eedab7f4/queja-en-amparo-directo-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo directo 24/58. María de Jesús Tena López. 2 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.

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