QUEJA EN AMPARO DIRECTO, COMPETENCIA EN CASO DE.
Compete a la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el conocimiento de las quejas que se interpongan contra las resoluciones pronunciadas por los tribunales de segundo grado, en auxilio de la Justicia Federal, para resolver los incidentes relativos a reclamaciones por daños y perjuicios causados con motivo de la suspensión de los actos reclamados, en los juicios de amparo directo resueltos en única instancia por la Suprema Corte de Justicia, cuando aquéllos incidentes de daños y perjuicios se tramitan y resuelven conforme a las disposiciones de los artículos 129 en relación con el 176 de la ley reglamentaria del juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272399-eedab7f4/queja-en-amparo-directo-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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