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Modo: Corpus Pro

PETROLEOS. ES DOCUMENTO PUBLICO EL ACTA DE TOMA DE POSESION DE UN BIEN EXPROPIADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 272632 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 257

El acta de toma de posesión de un bien expropiado conforme al decreto de 18 de marzo de 1938, en la que aparece que una persona acompañada de un jefe de Oficina Federal de Hacienda y de los respectivos representantes sindicales, fue designada para intervenir, por delegación de la Secretaría de Hacienda, en la toma de posesión de determinados bienes de una compañía petrolera, y en la que también aparece que se procedió a formalizar la recepción que de manera provisional hizo un representante de dicha compañía, acta en la que se verificó el arqueo de caja respectivo y se levanto inventario, constituye un documento público de valor probatorio pleno, al tenor de lo que disponen los artículos 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aunque en tal acta no aparezcan los nombres de los funcionarios que intervinieron.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272632-d6e5747d/petroleos-es-documento-publico-el-acta-de-toma · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5113/56. Petróleos Mexicanos. 13 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José Castro Estrada.

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