REPRESENTACIONES COMERCIALES, NULIDAD DE CONTRATOS DE.
El hecho de que la persona que obtuvo para una empresa la representación exclusiva de otra, reciba de ésta una comisión por cada pedido que haga la representante, no puede considerarse como una causa de nulidad del contrato que otorgó esa representación exclusiva, por vicio del consentimiento, puesto que en nada afecta el contrato en sí, ni el consentimiento de las partes, que una de ellas obtenga por otro lado ganancias no reveladas al contratar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272839-168fcef9/representaciones-comerciales-nulidad-de-contratos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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