SINDICATOS, ALEGATOS DE LOS, SOBRE EXPULSION DE TRABAJADORES. DEBEN DESECHARSE CUANDO NO SE PRECISAN EN DEBIDA FORMA LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE MOTIVARON LA EXPULSION.
Los sindicatos están obligados a presentar los datos de lugar y fecha de los actos imputados a los trabajadores, que hayan motivado su expulsión, así como las circunstancias que acompañaron a tales actos, para que exista una plena individualización de los mismos, pues, de otra manera, dichos trabajadores no conocerían con certeza los cargos que sirvieron de base para el efecto y no estarían en posibilidad de rendir prueba en contrario en el juicio laboral correspondiente. Por tanto, de no procederse en la forma indicada, debe desestimarse el alegato formulado por los sindicatos sobre el particular.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273364-0fd7314b/sindicatos-alegatos-de-los-sobre-expulsion-de-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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