SALARIO INTEGRO. PRUEBA DE SU PAGO.
Si bien es cierto, que la prueba idónea para justificar el pago del salario íntegro debe serlo la documental, puede aceptarse la testimonial para justificar dicho pago, siempre y cuando las declaraciones al respecto se produzcan por personas ligadas de tal forma a los hechos, que permitan que su dicho sea aceptado como válido indiscutiblemente, como son los empleados del propio negocio o los compañeros de labores del trabajador que se encuentren en idénticas condiciones de prestación de servicios, máxime cuando se les pague en idéntica forma y al mismo tiempo regularmente. Por lo tanto, el laudo que desestima los testimonios de personas que no se encuentran en el anterior supuesto, porque no le merecen credibilidad, resulta ajustado a la litis y no es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273389-e31a4dd8/salario-integro-prueba-de-su-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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