PRUEBA PERICIAL. NO OBLIGA DEFINITIVAMENTE AL ORGANO JURISDICCIONAL.
La prueba pericial no obliga definitivamente al órgano jurisdiccional, porque la aplicación y la interpretación de la ley no pueden dejarse al criterio de peritos, sino que es privativa de las autoridades investidas de jurisdicción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273526-5a4d2c8a/prueba-pericial-no-obliga-definitivamente-al-organo-jurisdiccional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8974/63. Erasmo Romón Cuervo. 3 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
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