SUPREMA CORTE, NO ES COMPETENTE LA, PARA CONOCER RESOLUCIONES EN LAS QUE EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE SE DECLARA INCOMPETENTE.
Si la resolución que se reclama se dicta durante el procedimiento del juicio arbitral y en ella el Tribunal de Arbitraje decide, como capítulo de previo y especial pronunciamiento, declararse incompetente para conocer del aludido juicio arbitral, de acuerdo con ello, dicha resolución no tiene el carácter de un laudo, pues no decide el fondo de la controversia planteada, en cuanto a las acciones y excepciones, sino que antes de llegar inclusive al momento procesal adecuado para pronunciar el laudo, dicta una resolución en la que se decide la incompetencia del Tribunal de Arbitraje para seguir conociendo del conflicto, o sea, que dicha resolución puede considerarse como de aquellas que, dictadas dentro del procedimiento, tienen el carácter de definitivas, en tanto que impiden la prosecución del negocio, y encaja en lo que dispone la fracción III inciso b) del artículo 107 constitucional, en relación con la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, es decir, que se trata de un acto dentro del juicio, que es de imposible reparación, por lo que del amparo contra él debe conocer un Juez de Distrito, en los términos del precepto citado en último lugar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273901-660e87da/suprema-corte-no-es-competente-la-para-conocer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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