RIESGO PROFESIONAL, EL MONTO DE LA INDEMNIZACION POR MUERTE EN CASO DE, PUEDE SER SUPERIOR AL FIJADO POR LA LEY LABORAL.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje, por regla general, al establecer el monto de una indemnización por muerte de un trabajador, derivada de un riesgo profesional, no pueden basarse en un salario mayor al de veinticinco pesos diarios, que como máximo señala el artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo, aun cuando el último salario del trabajador fallecido, hubiere sido superior a la suma indicada, sin que ello quiera decir que las partes obrera y patronal no puedan establecer de común acuerdo, o bien el patrón unilateralmente, un salario base superior al que como máximo establece el invocado artículo 294 del código laboral, ya que la voluntad de las partes es la suprema ley, tanto más cuanto que la pactación o resolución indicada, no implica renuncia alguna de los derechos de los trabajadores, sino por el contrario, constituye un beneficio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274050-176cfb62/riesgo-profesional-el-monto-de-la-indemnizacion-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INDEMNIZACION POR RIESGO PROFESIONAL (BASE SUPERIOR A LA ESTABLECIDA POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO). (s/clave)
- INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, CON BASE EN UN SALARIO SUPERIOR A DOCE PESOS DIARIOS. (s/clave)
- RIESGOS PROFESIONALES, SALARIO BASE, PARA FIJAR LA INDEMNIZACION, POR CONCEPTO DE. (s/clave)
- RIESGO PROFESIONAL, MONTO DE LA INDEMNIZACION EN CASO DE. (s/clave)
- RIESGOS PROFESIONALES, INDEMNIZACION EN CASO DE. SALARIO MAXIMO QUE SE TOMA EN CUENTA PARA FIJARLA. (s/clave)
- RIESGO PROFESIONAL, INDEMNIZACION POR, PACTADA SUPERIOR A LA LEGAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis