TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO SUPERNUMERARIOS, ESTAN PROTEGIDOS POR EL ESTATUTO.
Los Trabajadores al Servicio del Estado con el carácter de supernumerarios, que no sean a su vez empleados de confianza, adquieren, por virtud de su nombramiento respectivo, la misma protección del Estatuto Jurídico que los trabajadores numerarios, no pudiéndose por tanto dejar sin efecto su nombramiento sino por incurrir en alguna de las causas exigidas en el artículo 44 de dicho Estatuto Jurídico, o bien, porque en el Presupuesto Anual de Egresos desaparezca la partida en virtud de la cual les eran remunerados sus servicios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274241-de4cbbcf/trabajadores-al-servicio-del-estado-supernumerarios-estan-protegidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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