PERSONALIDAD. DEBE SER ESTUDIADA DE OFICIO POR LAS JUNTAS.
La cuestión referente a la personalidad que ostenta quien litiga como representante legal o convencional de otro, debe ser estudiada de oficio por la Junta de Conciliación y Arbitraje, por tratarse de un presupuesto procesal, ya que el que no está capacitado procesalmente, no puede iniciar el juicio con eficacia jurídica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274482-4ace1662/personalidad-debe-ser-estudiada-de-oficio-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7717/61. Epifanio Abundio Estrada y coagraviados. 3 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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