SALARIO MAXIMO. INDEMNIZACIONES.
El artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo establece que cuando el salario exceda de veinticinco pesos diarios, no se tomará en consideración para fijar el monto de las indemnizaciones por riesgos profesionales, sino esta suma, que para tal efecto "se considerará como salario máximo".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274850-676218ce/salario-maximo-indemnizaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6467/60. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de septiembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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