DEMANDA NO CONTESTADA (CONSECUENCIAS).
Cuando en el juicio laboral el demandado no contesta la demanda y ésta se tiene por contestada en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario, las únicas pruebas que pueden rendirse al respecto, y ser tomadas en consideración por el juzgador, son aquellas que tienen por objeto demostrar la inexistencia de los hechos que se tuvieron como ciertos, sin que deba considerarse pertinente ningún medio de convicción que tenga por objeto probar excepciones o defensas que no fueron opuestas, precisamente por no haberse contestado la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274951-da74b55f/demanda-no-contestada-consecuencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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