PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
Si lo afirmado por los testigos ocurrió un día después del que apunta el quejoso, al aceptar éste no haber laborado ya en la fecha a que se refieren los testigos, es incuestionable que no podían los declarantes haberse dado cuenta de lo acontecido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275060-fd8da358/prueba-testimonial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1822/60. Leonardo Diego Torres. 2 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.
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