PRUEBAS, SUPLENCIA DE.
La responsable no puede tomar en cuenta en su laudo una prueba que no consta en autos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275391-833f06e8/pruebas-suplencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4927/58. Juan Montiel Sánchez. 23 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
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