TRABAJADORES DEL ESTADO. TITULARES DE LOS PODERES, OBLIGADOS A RESARCIR LOS DAÑOS CAUSADOS AL TRABAJADOR.
La condena no es sino la consecuencia legal y necesaria del cese injustificado y si la relación jurídica que liga al Estado con sus servidores se entiende de acuerdo con el artículo 3o. estatutario, establecida para todos los efectos legales, entre los trabajadores federales y los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, representados por sus titulares respectivos, son éstos quienes deben resarcir al trabajador de los daños que le hubieren ocasionado por el despido inmotivado y que se traduce, necesariamente en los salarios que dejó de percibir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275710-8863c233/trabajadores-del-estado-titulares-de-los-poderes-obligados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SALARIOS CAIDOS A LOS. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS A TRABAJADORES DEL ESTADO. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. SALARIOS CAIDOS, CONDENA AL PAGO DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, SALARIOS CAIDOS DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, PAGO DE SALARIOS CAIDOS A LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO SUJETOS A PROCESOS PENALES, EL ESTADO NO TIENE OBLIGACION DE PAGAR SALARIOS A LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis