PRUEBA DE INSPECCION, APRECIACION DE LA.
El hecho de que en una inspección las partes puedan hacer las observaciones que estimen oportunas no puede extenderse hasta desvirtuar al alcance de la misma, cambiándola a otra distinta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276242-3b81dbe5/prueba-de-inspeccion-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7174/58. Rodolfo Herrera Consuegra y coagraviados. 29 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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