INDEMNIZACION, BENEFICIARIOS A LA.
El artículo 229 de la Ley Federal del Trabajo establece que las Juntas de Conciliación y Arbitraje pueden apreciar la relación de esposa e hijos legítimos o naturales, sin sujetarse a las pruebas legales que conforme al derecho común acreditan el parentesco, pero no pueden otorgar el carácter de esposa de un trabajador a una persona, cuando sólo se ha exhibido para acreditar este carácter una copia certificada del acta de defunción del mencionado trabajador, sin acreditarse con otras probanzas que guardó este estado en vida del fallecido, máxime si se toma en cuenta que estuvo obligada a ello en virtud de que la parte demandada le negó dicho estado de esposa legítima del trabajador fallecido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276586-ea7138d6/indemnizacion-beneficiarios-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, PAGO DE LA. (s/clave)
- INDEMNIZACION EN CASO DE MUERTE. RELACION DE HIJOS Y ESPOSA. (s/clave)
- TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS. (s/clave)
- INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, A LOS PADRES (PRUEBA DEL PARENTESCO). (s/clave)
- INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, PRUEBAS PARA ACREDITAR EL DERECHO A LA (ACTA DE MATRIMONIO CANONICO). (s/clave)
- INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, BENEFICIARIOS DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis