LITIS, INDEBIDA INTEGRACION DE LA.
Si cuando se constituyó la litis, la parte demandada no expuso la manifestación de un hecho, manifestación que hizo hasta la audiencia de ofrecimiento de pruebas, la Junta indebidamente estableció que el hecho referido formó parte de la litis. Esta irregularidad no trae consigo violación alguna de garantías constitucionales en perjuicio de la parte quejosa, si en ese elemento que indebidamente fue tenido en cuenta como si en realidad se hubiese hecho valer en la audiencia de arbitraje, no se basa la consideración de la autoridad llamada a este juicio para establecer la improcedencia de la acción principal deducida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276591-d588d319/litis-indebida-integracion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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