DESPIDO INJUSTIFICADO. PRESUNCION DE SER CIERTO.
El trabajador que se dice despedido y reclama el cumplimiento del contrato de trabajo, consistente en la reinstalación y pago de los salarios caídos, tiene en su favor la presunción de ser cierto que se le despidió, presunción que se basa en la consideración de que no es lógico pensar que una persona que ha abandonado el trabajo, reclame del patrón en un plazo relativamente breve, como es el de un mes que la ley establece para deducir la acción respectiva, que le vuelva a dar trabajo, y si bien esa presunción admite prueba en contrario, no puede considerarse como tal prueba la que acredita que el trabajador dejó de prestar servicios en los días siguientes a la fecha en que dijo haber sido despedido, pues lejos de desvirtuar la presunción, su falta al trabajo corrobora la existencia del despido y de acuerdo con dicha tesis correspondía al demandado desvirtuar la presunción establecida en favor del trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276610-bfb76acd/despido-injustificado-presuncion-de-ser-cierto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESPIDO. PRESUNCION A FAVOR DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- DESPIDO DEL TRABAJADOR, PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DEL. (148)
- DESPIDO, PRESUNCION DE SU EXISTENCIA. (VI.2o. J/312)
- DESPIDO, PRESUNCION DE SU EXISTENCIA. (693)
- DESPIDO DEL TRABAJADOR, PRESUNCIÓN DE LA EXISTENCIA DEL.- (154)
- DESPIDO, PRESUNCIÓN DE SU EXISTENCIA.- (815)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis