Corpus
Modo: Corpus Pro

PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES COMETIDAS DURANTE LA SECUELA DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 277052 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 164

Si se reclama como violación en el amparo que en la audiencia de conciliación no había problema, es decir, que no había separo justificado ni injustificado, pues el demandado declaró expresa y categóricamente que el actor podía seguir laborando y que a pesar de ello, la Junta no acordó la terminación del conflicto, ésta violación, de existir, se cometió dentro de la secuela del procedimiento, y por tanto, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 44, 45 y 47 de la Ley de Amparo, y 27 y 7o. bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde el conocimiento del amparo en primer término, a un Tribunal Colegiado de Circuito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277052-706b3e19/procedimiento-violaciones-cometidas-durante-la-secuela-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 344/58. Servicios Aéreos de Chiapas, S. A. de C. V. 3 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mario G. Rebolledo F. Ponente: Arturo Martínez Adame.

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