TESTIGOS AMIGOS DE QUIEN LOS PRESENTA.
El hecho de que existan relaciones de amistad entre los testigos y la parte que los propuso, no es suficiente para invalidar la prueba testimonial, toda vez que negar eficacia por esa sola razón y sin ningún otro motivo fundado, al dicho de los testigos, daría lugar a que las partes tuviesen que recurrir la más de las veces a testigos falsos, por saber de antemano que los idóneos que pudiesen presentar, no serían aceptados, o que se desestimarían sus declaraciones, en el caso de que, respecto de ellos, concurriesen las circunstancias indicadas. Mayormente si no se prueba que la amistad fuese íntima.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277143-fb3dda58/testigos-amigos-de-quien-los-presenta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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