DEMANDA, ALLANAMIENTO A LA.
Si al contestar la demanda la empresa demandada manifestó estar dispuesta a seguir cumpliendo el contrato colectivo obligatorio en determinado aspecto, tal manifestación no puede considerarse como un allanamiento a la demanda o admisión de las pretensiones de los trabajadores, si la citada empresa demandada dijo estar dispuesta a seguir cumpliendo el contrato, pero en los términos de éste y no como lo pretendía la parte actora.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277836-9cf2d3b1/demanda-allanamiento-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3151/56. Porfirio Sánchez y coagraviados. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
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