DEMANDA, ALLANAMIENTO A LA.
Si la responsable para desestimar los agravios del actor, consideró únicamente que el hecho de allanarse el demandado al contenido de la demanda, no significaba necesariamente una confesión de la misma, pues para que se diera este supuesto, era necesario que el demandado hubiera expresado categóricamente ser cierto los hechos materia de la litis, dicha consideración no es exacta, en virtud de que, al allanarse el demandado, en la forma y términos de la demanda respectiva, reconoce expresamente la procedencia de la acción ejercitada en su contra, lo que implica una confesión tanto de los hechos en que se apoyó tal reclamación, como de los fundamentos de derecho que en la misma se invocaron.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241157-68533d94/demanda-allanamiento-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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