DEMANDA.
El auto que dé por contestada, en sentido negativo, una demanda, no irroga perjuicios de imposible reparación, por lo cual no cabe suspender dicho auto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279468-01ec16e2/demanda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Zárate Antonio. 28 de abril de 1925. Mayoría de siete votos. Disidentes: Teófilo H. Orantes y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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