DISPOSICIONES SANITARIAS.
Contra ellas es improcedente conceder la suspensión, por estar interesada la sociedad en su más estricto cumplimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279480-ac75af31/disposiciones-sanitarias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3281/24. Arreola Prudencio P. 3 de enero de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XVI, página 1579. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3271/24. Quintana Rafael. 3 de enero de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DISPOSICIONES SANITARIAS. (s/clave)
- REGLAMENTOS DE SANIDAD. (s/clave)
- DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO. (s/clave)
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- SALUBRIDAD PUBLICA. (s/clave)
- SALUBRIDAD PUBLICA. SUSPENSION IMPROCEDENTE. (522)
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