RECUSACION SIN CAUSA.
La que autoriza el artículo 1134 del Código de Comercio, no ha sido derogada por el artículo 4o. transitorio del Código Federal de Procedimientos Civiles; pues siempre se han considerado como distintas las leyes en materia mercantil, de las leyes en materia civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279751-33a2a170/recusacion-sin-causa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en materia mercantil. Suscitada entre los Magistrados del Séptimo y del Octavo Circuito. 6 de abril de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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