LANZAMIENTO.
La Corte ha establecido ya jurisprudencia firme, sobre que proceda la admisión de la contrafianza para llevar a cabo el reclamado, cuando éste es un lanzamiento, porque su ejecución no deja sin materia el juicio de garantías, ya que en éste no sólo se define la legalidad del lanzamiento y los derechos derivados del contrato de arrendamiento, sino que, también, si el amparo prosperare, es posible restituir al quejoso en la posesión de la finca de que fue lanzado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280243-309c4257/lanzamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 23/28. Lira y Lira Miguel. 19 de marzo de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidentes:Sabino M. Olea y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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