DOTACION DE EJIDOS.
Para conocer del amparo que por ella se promueva, es competente el Juez de Distrito en cuya jurisdicción está la finca afectada, sin que daba tomarse en cuenta la jurisdicción a que pertenezca el pueblo beneficiado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280285-69438032/dotacion-de-ejidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Supernumerario de Puebla y de Tlaxcala. 29 de marzo de 1928. Presidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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