CUANTIA DEL PLEITO.
Para fijar la cuantía del pleito, se tendrá en cuenta, únicamente, el importe de las cantidades o cosas que se reclaman en el juicio, y no las intenciones expresas u ocultas de los litigantes, sino sólo su voluntad manifiesta; y tampoco debe tomarse en cuenta el provecho que el actor saque o el resultado final del juicio, sino, como se ha dicho, el importe de lo que se reclama, independientemente de lo que por la sentencia se obtenga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280588-142c9100/cuantia-del-pleito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3478/24. Ríos Manuel y coagraviada. 20 de octubre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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