RECURSOS PENDIENTES.
La causa de improcedencia del amparo, que se funde en que existen recursos pendientes ante los tribunales ordinarios, contra la resolución que se recurre en el juicio de garantías, no existe cuando el recurso pendiente no tiene por objeto confirmar, revocar o enmendar el acto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280622-36300e3e/recursos-pendientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3272/27. Herr Noah C. 25 de octubre de 1928. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo, Francisco M. Ramírez y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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