RECURSOS PENDIENTES.
Los recursos pendientes que hacen improcedente el amparo, son los que ha interpuesto el que promueve el juicio de garantías, pero no los promovidos por cualquiera otro de los interesados, aun cuando la resolución que el tribunal de alzada dicte, en dichos recursos, pueda beneficiar de una manera accidental al quejoso en el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364382-3fa5e051/recursos-pendientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3466/29. Soto B. Filiberto V. 29 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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