COPIAS CERTIFICADAS.
Las expedidas por las autoridades judiciales, en ejercicio de sus funciones, hacen prueba plena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280697-3ee8f230/copias-certificadas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2020/27. González Leopoldo Ignacio. 5 de diciembre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXIII, página 564. Amparo penal directo 4039/25. Fuentes Anatolio. 10 de julio de 1928. Mayoría de 6 votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Disidentes: Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada, Manuel Padilla y Teófilo H. Orantes. Unanimidad de diez votos, en cuanto al segundo punto resolutivo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXV, página 2351, tesis de rubro "COPIAS CERTIFICADAS.".
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