FIADOR EN EL AMPARO.
La obligación del fiador en el amparo penal, solo se concreta a presentar a su fiado en el juicio, cuando el Juez lo requiere, pero no a realizar tal presentación en otro expediente distinto, en el que no es fiador, ni puede ser requerido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281293-8a6b5e85/fiador-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal 162/27. Sánchez Wilfrido de Jesús. 1o. de agosto de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXII, página 136, tesis de rubro "FIADORES.".
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