EXPEDIENTES AGRARIOS.
En ellos debe darse audiencia a los interesados, desde la primera instancia, o sea, ante las comisiones locales, y no hacerlo importa una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281300-099c5505/expedientes-agrarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXI, página 1671. Indice Alfabético. Amparo 1830/24. Mora Enrique de la. 17 de agosto de 1927. Mayoría de siete votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Gustavo A. Vicencio. Disidentes: Teófilo H. Orantes y Elías Monges López. Ponente: Sabino M. Olea.
Tomo XXI, página 335. Amparo administrativo en revisión 2480/24. Azcué de Bernot Valentina. 3 de agosto de 1927. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Gustavo A. Vicencio. Ponente: Francisco Díaz Lombardo
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