ACTO RECLAMADO.
Si las autoridades responsables lo confiesan en su informe, no es ya necesario que el quejoso rinda prueba alguna, para decidir sobre su constitucionalidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281344-cad350f0/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3166/26. Zajur Salvador. 13 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 274, tesis 165, de rubro "INFORME JUSTIFICADO AFIRMATIVO.".
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