QUEJA POR DEFECTO O EXCESO DE EJECUCION.
Las quejas por defecto o exceso de ejecución de las sentencias de amparo o de los autos de suspensión, sólo procede presentarlas ante la Corte, contra las resoluciones de los Jueces de Distrito, que no den a dichos fallos el verdadero alcance que les corresponde.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281350-982cf545/queja-por-defecto-o-exceso-de-ejecucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 166/27. Ruiz Manuel. 15 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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