PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
Aunque el quejoso no haya exhibido las copias de ley, si la audiencia no ha sido abierta, y el interesado exhibe las copias faltantes, el Juez de Distrito debe recibir la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281688-3388b508/prueba-testimonial-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 239/27. Buñuel Fernando. 7 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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