INSOLVENCIA.
La insolvencia del deudor existe cuando el importe de sus bienes y créditos, tomados en su justo precio, no cubre el importe de sus deudas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281861-760ebf39/insolvencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Juicio ordinario contra la nación. Obligacionistas Hipotecarios de la Compañía Agrícola del Río Bravo, S. A. 5 de marzo de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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