PERSONALIDAD.
Si el actor carece de personalidad, y el demandado opone esa excepción y la prueba, y, no obstante, se le obliga a contestar la demanda, con ello se violan sus garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281890-b8600cb5/personalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 693/26. Canales Servando, sucesión de y coag. 8 de enero de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Francisco Díaz Lombardo, Teófilo H. Orantes y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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