COMPARECENCIA ANTE LA POLICIA.
La orden para comparecer ante la policía, y que se apoye en las funciones que están encomendadas a las autoridades policiacas, no puede considerarse violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282222-50b762a5/comparecencia-ante-la-policia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Rivera Enrique A. 5 de abril de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Francisco Díaz Lombardo y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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