PROTECCION FEDERAL.
No puede concederse, si no se demuestra que los procedimientos de las autoridades responsables, han agraviado a la persona para quien se solicita la protección de la Justicia Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282256-bb513969/proteccion-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2683/24. Weng Chew. 19 de abril de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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