INTERESES.
La condenación a su pago, procede en el juicio respectivo, porque la demanda y emplazamiento hacen veces de interpelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282412-e54a1829/intereses · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 180/24. Román Jesús y coagraviado. 13 de julio de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Francisco Díaz Lombardo y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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