PENAS.
Las que pueden imponer las autoridades administrativas, en el Distrito Federal, por infracción de las leyes, bandos o reglamentos, en materia de policía y buen gobierno, deben sujetarse a las prevenciones del artículo 30 del Código de Procedimientos Penales del Distrito, y en caso contrario, importan un ataque a las garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282431-708188ef/penas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 430/21. Gallo Benjamín. 20 de julio de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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