PENAS.
Sólo pueden ser aplicables por la autoridad judicial; y a las autoridades administrativas sólo compete el castigo de las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, que consistirá únicamente en multa o arresto hasta por 36 horas, o la detención hasta por quince días, si el infractor no paga la multa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286607-07830aec/penas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Rodríguez Zeferino. 28 de septiembre de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias, Antonio Alcocer y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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