IMPOSICION DE LAS PENAS.
Es propia y exclusiva de la autoridad judicial; y solamente compete a las autoridades administrativas, el castigo de las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, castigo que sólo podrá consistir en multa, o arresto hasta por treinta y seis horas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289868-24c92c81/imposicion-de-las-penas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Anchondo Francisco. 18 de abril de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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