RESOLUCIONES AGRARIAS.
Las resoluciones sobre dotación de ejidos son de interés público, y la sociedad sufriría perjuicios si contra ellas se concediera la suspensión, aun cuando dichas resoluciones sean en el sentido de negar la dotación; pues el interés público es el mismo y como, además, se trata de actos negativos, la suspensión contra ellos es improcedente por este otro capítulo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282451-6248600b/resoluciones-agrarias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1767/26. Vecinos de la Villa Doña Cecilia. 26 de julio de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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