REVISION.
En ella sólo deben estudiarse los agravios en que se haya fundado la interpretación del recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282672-bc7e2b4f/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1016/25. Long Byron O. 6 de octubre de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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