APELACION.
La sentencia de segunda instancia no puede tomar en consideración agravio que no haya sido expuesto por el recurrente, en su escrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282952-6fb80929/apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3157/23. Ramos viuda de Aguirre Josefa, sucesiones. 16 de enero de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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