ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
El plazo para contar la prescripción de la acción penal, debe contarse a partir del día en que el delito fue cometido; y, por tanto, dicho plazo puede considerarse transcurrido, solo respecto de los actos delictuosos cometidos antes de que empezara a contarse, tomando en cuenta la fecha de la acusación, y no puede amparar actos delictuosos cometidos mientras el plazo transcurrió.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283340-a5eae4b0/accion-penal-prescripcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1758/21. Coss Francisco y coagraviado. 4 de mayo de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XIX, página 1058, tesis de rubro "PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, página 19, tesis 8, de rubro "ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.".
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