ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
No corre el tiempo de la acción penal, aunque se haya dejado de actuar, cuando el reo continuó subjúdice, si el plazo en que se dejó de actuar fue con posterioridad a la formal prisión del acusado, quien obtuvo su libertad bajo fianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310405-70e5df51/accion-penal-prescripcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1016/38. García Contreras Francisca o García González Ma. Concepción. 13 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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